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TÍTULO VII. Proveedores de servicios de suministro de datos · CAPÍTULO III. Requisitos de funcionamiento y organización interna de los proveedores de servicios de suministro de datos

Disposición transitoria primera. Régimen transitorio relativo a la autorización de las entidades de crédito a que se refiere el artículo 4, apartado 1, punto 1, letra b), del Reglamento (UE) n.º 575/2013.

Texto oficial de Régimen Jurídico de las Empresas de Servicios de Inversión (BOE-A-2023-22763). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Disposición transitoria primera. Régimen transitorio relativo a la autorización de las entidades de crédito a que se refiere el artículo 4, apartado 1, punto 1, letra b), del Reglamento (UE) n.º 575/2013. — Régimen Jurídico de las Empresas de Servicios de Inversión · BOE Fácil