TÍTULO III. Centros de negociación y sistemas de compensación, liquidación y registro de instrumentos financieros · CAPÍTULO II. Mercados regulados · Sección 6.ª Requisitos aplicables a los mercados regulados de ámbito autonómico y por categoría de instrumento financiero
Artículo 118. Organismo rector de los mercados regulados de contratos de instrumentos financieros derivados.
Texto oficial de Instrumentos Financieros y Registro de Valores Negociables (BOE-A-2023-22764). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
