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TÍTULO III. Centros de negociación y sistemas de compensación, liquidación y registro de instrumentos financieros · CAPÍTULO IV. Límites a las posiciones en derivados sobre materias primas

Artículo 131. Límites de posición al volumen de una posición neta en derivados sobre materias primas negociados en diversos centros de negociación.

Texto oficial de Real Decreto 814/2023, de 8 de noviembre, sobre instrumentos financieros, admisión a negociación, registro de valores negociables e infraestructuras de mercado (BOE-A-2023-22764). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.