Corresponde a la Vicepresidencia Primera del Gobierno el ejercicio de las funciones que le encomiende el Presidente del Gobierno, así como la presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno que se determine en el correspondiente real decreto.
> <small>Se modifica por el art. único del Real Decreto 255/2026, de 26 de marzo. [Ref. BOE-A-2026-7036](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2026-7036)</small>
> <small>Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 1231/2023, de 29 de diciembre. [Ref. BOE-A-2023-26728](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-26728)</small>
Texto oficial de Real Decreto 830/2023, de 20 de noviembre, sobre las Vicepresidencias del Gobierno (BOE-A-2023-23538). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Vicepresidencia Primera. — Real Decreto 830/2023, de 20 de noviembre, sobre las Vicepresidencias del Gobierno · BOE Fácil