CAPÍTULO II. Cotización por desempleo, Fondo de Garantía Salarial, formación profesional y por cese de actividad y durante la situación de incapacidad temporal transcurridos 60 días de los trabajadores autónomos
Artículo 34. Normas aplicables para la cotización por desempleo en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
En el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, la base de cotización por desempleo será la determinada conforme a lo dispuesto en el artículo 31.
A la base de cotización por desempleo de los grupos segundo y tercero le serán de aplicación los coeficientes correctores a los que se refiere el artículo 11 de la Ley 47/2015, de 21 de octubre.
Texto oficial de Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023 (BOE-A-2023-2472). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.