CAPÍTULO II. Composición, función, actuaciones y funcionamiento de la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual
Artículo 4. Función.
La Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual ejercerá la función de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual frente a su vulneración por los responsables de servicios de la sociedad de la información a través de un procedimiento cuyo objeto será el restablecimiento de la legalidad, en los términos previstos en el artículo 195 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y en los artículos 8 y concordantes de la Ley 34/2002, de 11 de julio.
Texto oficial de Real Decreto 1130/2023, de 19 de diciembre, por el que se desarrollan la composición y el funcionamiento de la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual y por el que se modifica el Real Decreto 1023/2015, de 13 de noviembre, por el que se desarrolla reglamentariamente la composición, organización y ejercicio de funciones de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual (BOE-A-2023-25766). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.