CAPÍTULO III. Régimen de funcionamiento · Sección 3.ª El Consejo Rector
Artículo 15. Compensación por asistencia a las reuniones del Consejo Rector.
El régimen de derechos económicos y en su caso, compensaciones que se deriven de la asistencia a las reuniones del Consejo Rector, se regularán de conformidad con el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, y demás normativa de aplicación.
Texto oficial de Real Decreto 51/2023, de 31 de enero, por el que se aprueba el Estatuto de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad Pública Empresarial, Medio Propio (BOE-A-2023-2628). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 15. Compensación por asistencia a las reuniones del Consejo Rector. — Real Decreto 51/2023, de 31 de enero, por el que se aprueba el Estatuto de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad Pública Empresarial, Medio Propio · BOE Fácil