TÍTULO II. Medidas fiscales y en materia de financiación local · CAPÍTULO I. Medidas fiscales
Artículo 19. Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en el ejercicio 2024.
Con efectos desde 1 de enero de 2024, se modifica la disposición transitoria decimotercera de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que queda redactada de la siguiente forma:
###### «Disposición transitoria decimotercera. Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en los ejercicios 2016 a 2024.
> Para los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, la magnitud de 150.000 euros a que se refiere el primer guion del número 2.º y el número 3.º del apartado dos del artículo 122, y el número 6.º del apartado dos del artículo 124 de esta ley, queda fijada en 250.000 euros.»
Texto oficial de Real Decreto-ley de Medidas por los Conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y la Sequía (2023) (BOE-A-2023-26452). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.