ANEXO II. Disposiciones normativas del plan hidrológico de la demarcación hidrográfica del Cantábrico Occidental · CAPÍTULO VI. Programa de medidas · Sección I. Resumen de las inversiones previstas en el ciclo de planificación
Artículo 21. Definición del Programa de medidas.
El documento Programa de medidas de este Plan Hidrológico recoge de manera detallada las actuaciones a llevar a cabo para alcanzar los objetivos de la planificación establecidos para las masas de agua. Las inversiones previstas son las que se indican en los cuadros que se incluyen como apéndice 12, de conformidad con el artículo 81.1.b) del RPH.
Texto oficial de Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro (BOE-A-2023-3511). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.