ANEXO IX. Disposiciones normativas del plan hidrológico de la demarcación hidrográfica de Melilla · CAPÍTULO I. Definición de las masas de agua · Sección I. Masas de agua superficial
Artículo 5. Identificación de masas de agua superficial.
De acuerdo con el artículo 5 del RPH, este Plan Hidrológico identifica cuatro masas de agua superficial, que figuran relacionadas en el apéndice 1. Las cuatro masas de agua identificadas y delimitadas se asignan:
a) a la categoría río, una masa de agua, Río de Oro, siendo ésta una masa de agua muy modificada.
b) a la categoría costera, tres masas de agua, de las cuales una, el Puerto de Melilla, corresponde a masa de agua muy modificada.
Texto oficial de Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro (BOE-A-2023-3511). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.