ANEXO XI. Disposiciones normativas del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar · CAPÍTULO I. Definición de las masas de agua · Sección II. Masas de agua subterránea
Artículo 8. Identificación de masas de agua subterránea.
1. Para dar cumplimiento al artículo 9 del RPH, el presente Plan Hidrológico identifica 105 masas de agua subterránea, que figuran relacionadas en el apéndice 2.5.
2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.2 del RPH, se proponen, para su consideración por parte del Plan Hidrológico Nacional, las masas de agua subterránea compartidas con otras demarcaciones hidrográficas relacionadas en el apéndice 2.6.
Texto oficial de Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro (BOE-A-2023-3511). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.