CAPÍTULO V. Personas al servicio de la cooperación al desarrollo sostenible · Sección 2.ª Personas cooperantes y voluntariado
Disposición final cuarta. Modificación del segundo apartado de la disposición adicional decimoctava de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Se modifica el segundo apartado de la Disposición adicional decimoctava de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que pasa a tener el siguiente contenido:
> «2. Dicha regulación de adecuará con carácter general a lo establecido en esta ley salvo que deban exceptuarse los principios de publicidad o concurrencia u otros aspectos del régimen de concesión, abono, gastos subvencionables, plazos de ejecución y justificación, control, reintegros o sanciones en la medida que las subvenciones sean desarrollo de la política exterior del Gobierno y resulten incompatibles con la naturaleza o los destinatarios de las mismas.»
Texto oficial de Ley de Cooperación para el Desarrollo Sostenible (BOE-A-2023-4512). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final cuarta. Modificación del segundo apartado de la disposición adicional decimoctava de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. — Ley de Cooperación para el Desarrollo Sostenible · BOE Fácil