CAPÍTULO II. Organización y funcionamiento de los servicios centrales del INGESA
Artículo 5. La Dirección.
1. Corresponde a la Dirección del INGESA, con el nivel orgánico de dirección general, las siguientes funciones:
a) La dirección y gestión ordinaria del INGESA.
b) La planificación, dirección, control e inspección de las actividades del INGESA para el cumplimiento de sus fines.
c) La representación legal del INGESA.
2. Se adscribe a la Dirección la Intervención Delegada en los Servicios Centrales del INGESA, sin perjuicio de su dependencia funcional con respecto a la Intervención General de la Administración del Estado y a la Intervención General de la Seguridad Social.
3. De la Dirección dependen las siguientes unidades con rango de Subdirección General: la Subdirección General de Gestión Sanitaria y la Subdirección General de Asuntos Generales y Económico-Presupuestarios.
4. En el caso de vacante, ausencia o enfermedad de la persona titular de la Dirección, esta será suplida temporalmente por las personas titulares de las subdirecciones generales, en el orden que se relaciona en el apartado 3.
Texto oficial de Real Decreto 118/2023, de 21 de febrero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (BOE-A-2023-4653). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 5. La Dirección. — Real Decreto 118/2023, de 21 de febrero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria · BOE Fácil