TÍTULO IV. Servicios garantizados, compromisos y cartera de servicios · CAPÍTULO I. Servicios garantizados y compromisos de las personas demandantes de servicios de empleo y las empresas
Artículo 59. Compromisos de las personas, empresas y demás entidades empleadoras usuarias de los servicios de empleo.
Las personas, empresas y demás entidades empleadoras usuarias de los servicios de empleo, para poder acceder a los servicios garantizados regulados en el artículo 57.2, están sujetas a los siguientes compromisos:
a) Colaborar activamente con los servicios públicos de empleo en la planificación de las actividades formativas.
b) Comunicar los puestos vacantes con los que cuenten, en los términos que reglamentariamente se establezcan.
c) Colaborar con la mejora de la empleabilidad de las personas trabajadoras.
Texto oficial de Ley de Empleo (BOE-A-2023-5365). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 59. Compromisos de las personas, empresas y demás entidades empleadoras usuarias de los servicios de empleo. — Ley de Empleo · BOE Fácil