TÍTULO I. Actuación de los poderes públicos · CAPÍTULO II. Políticas públicas para promover la igualdad efectiva de las personas LGTBI · Sección 8.ª Medidas en el ámbito de la familia, la infancia y la juventud
Artículo 33. Formación, información, asesoramiento y apoyo.
Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, impulsarán:
a) Programas y acciones de formación y respeto a la orientación sexual, identidad sexual, expresión de género, características sexuales y diversidad familiar de las personas LGTBI dirigidos a jóvenes y a personas que trabajen en el ámbito de la infancia, de las familias y de la juventud.
b) Programas y acciones de información, asesoramiento y apoyo a jóvenes LGTBI.
c) Programas y acciones de sensibilización, orientación, formación y apoyo dirigidos a familias con menores de edad y jóvenes LGTBI.
Texto oficial de Ley Trans y de Igualdad LGTBI (BOE-A-2023-5366). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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