En el ámbito de sus funciones técnicas, los institutos participarán y colaborarán en la transformación digital de la justicia mediante el uso de los medios o sistemas establecidos por las administraciones, impulsarán la mejora y la digitalización de los procesos y fomentarán la inmediación digital mediante el uso de recursos telemáticos o de otro tipo en beneficio del mejor servicio a la ciudadanía y a la justicia.
Texto oficial de Reglamento de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (BOE-A-2023-5368). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 6. Transformación digital. — Reglamento de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses · BOE Fácil