El «Sello electrónico La Junta Electoral de Zona»se utilizará en la siguiente actividad administrativa automatizada:
– Gestión de excusas de las personas designadas para integrar las Mesas electorales.
– Cualquier otra tramitación que pueda acordar la Junta Electoral Central y que así se haga constar en la sede electrónica de dicha institución.
###### Disposición final. Publicación y entrada en vigor.
La presente resolución, en la medida en que sus efectos se van a extender a los diferentes procesos electorales, conforme a lo dispuesto en el artículo 18.6 de la LOREG, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» produciendo efectos a partir del día siguiente de su publicación. También se publicará en la sede electrónica de la Junta Electoral Central.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2023.–El Presidente de la Junta Electoral Central, Miguel Colmenero Menéndez de Luarca.
Texto oficial de Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Junta Electoral Central, por la que se crea el sello electrónico "La Junta Electoral de Zona" (BOE-A-2023-5581). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. Uso. — Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Junta Electoral Central, por la que se crea el sello electrónico "La Junta Electoral de Zona" · BOE Fácil