Este real decreto se dicta al amparo de los títulos competenciales previstos en los artículos 149.1.13.ª y 23.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica; y en materia de legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección, respectivamente.
Texto oficial de Planes de Ordenación del Espacio Marítimo (BOE-A-2023-5704). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Título competencial. — Planes de Ordenación del Espacio Marítimo · BOE Fácil