Disposición adicional primera. Entrada en funcionamiento de la Agencia Espacial Española.
La entrada en funcionamiento de la Agencia Espacial Española se producirá con la celebración de la sesión constitutiva de su Consejo Rector, que tendrá lugar en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de este real decreto.
Texto oficial de Estatuto de la Agencia Espacial Española (BOE-A-2023-6082). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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