Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de la Dirección de la Agencia y del órgano suprimido.
1. Hasta tanto se proceda al nombramiento de la persona titular de la Dirección de la Agencia Espacial Española conforme a las previsiones del artículo 14 del Estatuto, esta se ejercerá de forma transitoria por la persona titular del Comisionado para el PERTE Aeroespacial.
2. Hasta la aprobación de la relación de puestos de trabajo de la Agencia Espacial Española, las unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior al de subdirección general encuadrados en el órgano suprimido por la disposición adicional tercera de este real decreto y que se incorporen a la Agencia subsistirán transitoriamente y serán retribuidos con cargo a los mismos créditos presupuestarios.
Texto oficial de Estatuto de la Agencia Espacial Española (BOE-A-2023-6082). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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