CAPÍTULO II. Incentivos y otros instrumentos de apoyo al empleo · Sección 1.ª Bonificaciones en las cuotas de la seguridad social y por conceptos de recaudación conjunta · Subsección 5.ª Apoyo al empleo en la economía social y en ámbitos o sectores específicos
Artículo 29. Bonificación por la transformación en contratos fijos-discontinuos de contratos temporales suscritos con personas trabajadoras por cuenta ajena agrarias.
La transformación de contratos temporales en el contrato por tiempo indefinido fijo-discontinuo regulado en el artículo 16 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, dará derecho, durante los tres años siguientes, a una bonificación en la cotización, en los términos establecidos en el artículo 10, de 55 euros/mes, o de 73 euros/mes en el caso de mujeres, cuando la citada transformación corresponda a contratos temporales suscritos con personas trabajadoras por cuenta ajena agrarias incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios.
Texto oficial de Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas (BOE-A-2023-625). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.