CAPÍTULO III. Políticas activas de información y protección añadidas para determinados colectivos de participantes vulnerables o grupos en riesgo. · Sección 2.ª Participantes incursos en comportamientos de juego de riesgo
Artículo 28. Exclusión de los servicios de atención especializada dirigida a la clientela privilegiada.
Texto oficial de Real Decreto de Entornos Más Seguros de Juego (BOE-A-2023-6735). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
