Disposición final tercera. Habilitación normativa.
Corresponde a la persona titular del Ministerio de Educación y Formación Profesional dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y la ejecución de lo establecido en este real decreto, sin perjuicio de las competencias que corresponden a las comunidades autónomas.
Texto oficial de Real Decreto 205/2023, de 28 de marzo, por el que se establecen medidas relativas a la transición entre planes de estudios, como consecuencia de la aplicación de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE-A-2023-7939). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.