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orden · BOE-A-2023-9290

Orden TES/369/2023, de 10 de abril, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información y de los Servicios en el ámbito de la administración digital del Ministerio de Trabajo y Economía Social y se crea el Comité de Seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Departamento

Estado
Vigente
Publicación
17/4/2023
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Trabajo y Economía Social

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta orden aprueba la Política de Seguridad de la Información y de los Servicios en el ámbito de la administración digital del Ministerio de Trabajo y Economía Social, en aplicación del Esquema Nacional de Seguridad, y crea el Comité de Seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Departamento. Deroga la anterior política de seguridad de 2011.

A quién afecta: Los órganos superiores y directivos del Ministerio de Trabajo y Economía Social y sus organismos públicos adscritos sin política propia, y todo el personal con acceso a los sistemas de información del Departamento.

  • La política de seguridad se aplica a todos los sistemas de información del Ministerio y es de obligado cumplimiento para todo el personal que acceda a ellos; en caso de discrepancia con políticas específicas de órganos u organismos adscritos, prevalece la definida en esta orden.
  • Se establecen ocho principios de la política de seguridad: protección de datos personales, alcance estratégico, seguridad integral, análisis y gestión de riesgos, prevención-reacción-recuperación, líneas de defensa por capas, reevaluación periódica y función diferenciada de roles de seguridad.
  • El análisis de riesgos de los sistemas que traten datos personales debe repetirse al menos una vez al año, además de cuando cambie significativamente la información o los servicios prestados, o tras un incidente grave de seguridad.
  • La estrategia de líneas de defensa se basa en múltiples capas de medidas organizativas, físicas y lógicas, de forma que si una capa falla, las demás permiten ganar tiempo de reacción y reducir el impacto de un incidente.
  • El Comité de Seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio mantiene actualizado el marco normativo de seguridad, en especial las instrucciones técnicas de obligado cumplimiento derivadas del Esquema Nacional de Seguridad.
¿Con qué frecuencia debe revisarse el análisis de riesgos de un sistema de información sujeto a esta política?

Al menos una vez al año, y además siempre que cambien de forma significativa la información manejada o los servicios prestados, o cuando ocurra un incidente grave de seguridad o se detecten vulnerabilidades graves.

¿Qué ocurre si un organismo adscrito al Ministerio tiene su propia política de seguridad distinta a esta PSI?

En caso de discrepancia entre ambas, prevalece la Política de Seguridad de la Información aprobada por esta orden para el conjunto del Departamento.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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