Disposición transitoria segunda. Adaptación del Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo Económico y Social.
En el plazo de tres meses desde la publicación de este real decreto-ley, el pleno del Consejo Económico y Social deberá adaptar su Reglamento de organización y funcionamiento interno a efectos de adecuarlo a la composición del grupo segundo que se deriva del artículo 2.3 de la Ley 21/1991, de 17 de junio, en su nueva redacción dada por el presente real decreto-ley.
En el plazo de tres meses a partir de la publicación de la modificación del Reglamento anterior, el Gobierno procederá a nombrar, mediante real decreto, a los miembros del citado Consejo a partir de las propuestas de las organizaciones que acrediten el derecho a formar parte del mismo.
Texto oficial de Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo (BOE-A-2024-10235). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria segunda. Adaptación del Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo Económico y Social. — Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo · BOE Fácil