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CAPÍTULO IV. Entidades para la formación, examen y evaluación de pilotos a distancia · Sección 1.ª Formación en escenarios estándar

Artículo 22. Comunicación de las acreditaciones de los pilotos que han completado la formación de aptitudes prácticas para escenarios estándar nacionales o conforme al Reglamento de Ejecución.

Texto oficial de Real Decreto del Régimen Jurídico de los Drones Civiles (BOE-A-2024-11377). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 22. Comunicación de las acreditaciones de los pilotos que han completado la formación de aptitudes prácticas para escenarios estándar nacionales o conforme al Reglamento de Ejecución. — Real Decreto del Régimen Jurídico de los Drones Civiles · BOE Fácil