CAPÍTULO II. Requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado
Artículo 4. Alumnado en posesión del título de Bachiller o equivalente.
Podrán acceder a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en las universidades españolas quienes, estando en posesión del título de Bachiller del Sistema Educativo Español o equivalente, superen la prueba de acceso a la universidad prevista en el artículo 38 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y regulada en el capítulo III de este real decreto.
Texto oficial de Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión (BOE-A-2024-11858). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.