Las administraciones educativas y las universidades públicas organizarán la prueba de acceso, garantizando la adecuación de la misma a las competencias vinculadas al currículo del Bachillerato, así como la coordinación entre las universidades y los centros que impartan la etapa para su organización y realización. Cada administración educativa podrá delimitar el alcance de la colaboración de sus universidades a estos efectos.
Texto oficial de Real Decreto de Acceso a las Enseñanzas Universitarias de Grado (BOE-A-2024-11858). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 17. Organización de la prueba. — Real Decreto de Acceso a las Enseñanzas Universitarias de Grado · BOE Fácil