CAPÍTULO VI. Criterios específicos para la adjudicación de plazas por las universidades públicas
Artículo 37. Establecimiento por las universidades públicas del orden de prelación.
Texto oficial de Real Decreto de Acceso a las Enseñanzas Universitarias de Grado (BOE-A-2024-11858). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
