CAPÍTULO IV. Laboratorios Nacionales de Referencia para la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública
Disposición final quinta. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 18 de junio de 2024.
**FELIPE R.**
**La Ministra de Sanidad,**
**MÓNICA GARCÍA GÓMEZ**
Texto oficial de Real Decreto de la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública (BOE-A-2024-12379). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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