CAPÍTULO VIII. Plan de formación en competencia lingüística
Disposición final cuarta. Habilitación de desarrollo.
Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de la Policía a dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación de esta orden.
Texto oficial de Orden INT/632/2024, de 20 de junio, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, aprobado por el Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre (BOE-A-2024-12811). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final cuarta. Habilitación de desarrollo. — Orden INT/632/2024, de 20 de junio, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, aprobado por el Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre · BOE Fácil