La Junta General, estatutariamente convocada y constituida, será el órgano supremo de gobierno de la corporación. Estará compuesta por todas las personas colegiadas y presidida por el Decano o Decana, o por el miembro de la Junta Directiva designado por aquel a tal efecto, o por quien, en su defecto, designe la propia Junta General.
Texto oficial de Real Decreto 564/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España (BOE-A-2024-13319). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 15. Carácter y composición. — Real Decreto 564/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España · BOE Fácil