La propuesta de modificación de los Estatutos será elaborada por la Junta Directiva, que la someterá a la Junta General extraordinaria para su adopción por mayoría de tres cuartas partes de las personas colegiadas asistentes más las representadas, a los que se añadirán los votos recibidos por correo postal o electrónico.
La propuesta de modificación de Estatutos aprobada por la Junta General extraordinaria se remitirá al ministerio de tutela, quien la someterá a la aprobación del Gobierno.
Texto oficial de Real Decreto 564/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España (BOE-A-2024-13319). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 51. Modificación de los Estatutos. — Real Decreto 564/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España · BOE Fácil