CAPÍTULO II. Objetivos y límites obligatorios de venta o consumo de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte
Artículo 5. Entidad de certificación.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico es la entidad responsable de la expedición de certificados de combustibles renovables, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo.
La Dirección General de Política Energética y Minas, como órgano técnico de la Secretaría de Estado de Energía, se encargará de la gestión del sistema de certificación de producción, consumo y venta de gases renovables, biocarburantes y nuevos combustibles de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Texto oficial de Orden TED/728/2024, de 15 de julio, por la que se desarrolla el mecanismo de fomento de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte (BOE-A-2024-14545). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.