Disposición adicional tercera. Alumnado que haya obtenido el título de Bachiller desde otras enseñanzas.
El alumnado que haya obtenido el título de Bachiller de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, podrá sustituir la materia obligatoria de modalidad a la que se refiere el artículo 3.1 por la materia que no hubiera escogido previamente al optar, conforme a dicho artículo, entre Historia de España e Historia de la Filosofía.
Texto oficial de Orden PJC/39/2024, de 24 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la universidad, y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, en el curso 2023-2024 (BOE-A-2024-1471). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.