De conformidad con lo dispuesto en el artículo 120.1.c) de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, el Tribunal Administrativo del Deporte velará en última instancia administrativa, por el ajuste a derecho de los procesos electorales en los órganos de gobierno de las federaciones deportivas españolas. A tal fin, conocerá de los recursos a que se refiere la presente Orden, pudiendo adoptar, en el ámbito de sus competencias, las medidas que sean necesarias para garantizar la legalidad de los procesos electorales.
Texto oficial de Procesos Electorales en las Federaciones Deportivas (BOE-A-2024-1518). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 21. Tribunal Administrativo del Deporte. — Procesos Electorales en las Federaciones Deportivas · BOE Fácil