Artículo 1. Régimen fiscal especial de las Illes Balears.
A los efectos de lo dispuesto en el presente reglamento, se entenderá por régimen fiscal especial de las Illes Balears la reserva para inversiones en las Illes Balears y el régimen especial para empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras, previstos en la disposición adicional septuagésima de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Texto oficial de Reglamento del Régimen Fiscal Especial de las Illes Balears (BOE-A-2024-15205). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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