Disposición adicional quinta. Suplencia de los titulares de los órganos superiores y directivos.
En los casos de vacancia, ausencia o enfermedad del titular de un órgano directivo, en aplicación de lo previsto en el artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, corresponderá designar al suplente a la persona titular del órgano jerárquicamente superior al del órgano que haya de ser suplido.
Texto oficial de Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (BOE-A-2024-15212). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional quinta. Suplencia de los titulares de los órganos superiores y directivos. — Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · BOE Fácil