CAPÍTULO II. Órganos del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno · Sección 4.ª Otros órganos
Artículo 21. Régimen general.
1. Los titulares de los órganos con rango de subdirección general que se recogen en el artículo 11.3 serán nombrados y cesados por la Presidencia del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
Los nombramientos se efectuarán entre personal funcionario de carrera de la Administración General del Estado y, en su caso, de otras administraciones públicas cuando así lo prevean las normas de aplicación y que pertenezcan a cuerpos y escalas del subgrupo de clasificación profesional A1.
Asimismo, los nombramientos se ajustarán a los criterios y normas del artículo 55.11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y al sistema previsto en la legislación específica.
2. Las personas titulares de las Subdirecciones Generales, en los supuestos de ausencia, vacancia o enfermedad, así como cuando haya sido declarada su abstención o recusación en los términos de la legislación básica reguladora de la materia, serán suplidas siguiendo el orden en que figuran en el artículo 11 de este estatuto.
3. Las unidades y puestos de trabajo dependientes de los órganos con rango de subdirección general se determinarán en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo.
Texto oficial de Real Decreto 615/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I (BOE-A-2024-15944). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 21. Régimen general. — Real Decreto 615/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I · BOE Fácil