CAPÍTULO III. Régimen económico, patrimonial y de personal · Sección 2.ª Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico-financiero
Artículo 32. Control de la gestión económica y financiera.
1. El control externo de la gestión económico-financiera del Consejo corresponderá al Tribunal de Cuentas, de acuerdo con su normativa específica.
2. El control interno de la gestión económico-financiera corresponderá a la Intervención General de la Administración del Estado, realizándose bajo las modalidades de control financiero permanente y de auditoría pública, en las condiciones y en los términos establecidos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, a través de la Intervención Delegada en el Consejo.
Texto oficial de Real Decreto 615/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I (BOE-A-2024-15944). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 32. Control de la gestión económica y financiera. — Real Decreto 615/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I · BOE Fácil