CAPÍTULO V. Cotización en las prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en los programas de formación
Disposición final primera. Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo del artículo 149.1. 17.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de régimen económico de la Seguridad Social.
Texto oficial de Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024 (BOE-A-2024-1691). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.