DISPONGO: · «Subsección 3.ª Permisos temporales para vehículos de museos y de colecciones museográficas
Disposición final cuarta. Habilitación para la modificación de los anexos del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
La modificación de los anexos II y XVII del Reglamento General de Vehículos, que se recoge en la disposición final primera de este real decreto, se podrá seguir llevando a cabo mediante una norma con rango de orden, conforme a la habilitación prevista en la disposición final tercera del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
Texto oficial de Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos (BOE-A-2024-18614). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final cuarta. Habilitación para la modificación de los anexos del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. — Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos · BOE Fácil