Artículo 7. Inversiones para la reconstrucción de las redes eléctricas de transporte y distribución en los municipios afectados por la DANA.
Con carácter excepcional, las inversiones destinadas a la reconstrucción de las redes eléctricas de transporte y distribución de energía eléctrica necesarias para dar suministro a los municipios afectados por la DANA, puestas en servicio durante los años 2024 y 2025, no serán computadas en el volumen anual de inversión con derecho a retribución a cargo del sistema eléctrico. No obstante lo anterior, estas actuaciones tendrán derecho a retribución a cargo del sistema eléctrico y serán sufragadas a través de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución.
Texto oficial de Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 (BOE-A-2024-23422). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 7. Inversiones para la reconstrucción de las redes eléctricas de transporte y distribución en los municipios afectados por la DANA. — Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 · BOE Fácil