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TÍTULO VII. Residencia temporal por circunstancias excepcionales · CAPÍTULO III. Residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales de víctimas extranjeras de violencia sexual

Artículo 138. Autorización de residencia temporal y trabajo de la víctima extranjera de violencia sexual.

Texto oficial de Reglamento de la Ley de Extranjería (BOE-A-2024-24099). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 138. Autorización de residencia temporal y trabajo de la víctima extranjera de violencia sexual. — Reglamento de la Ley de Extranjería · BOE Fácil