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TÍTULO XIII. Documentación de las personas extranjeras · CAPÍTULO IV. Registro Central de Extranjeros

Artículo 213. Comunicación al Registro Central de Extranjeros de los cambios y alteraciones de situación.

Texto oficial de Reglamento de la Ley de Extranjería (BOE-A-2024-24099). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 213. Comunicación al Registro Central de Extranjeros de los cambios y alteraciones de situación. — Reglamento de la Ley de Extranjería · BOE Fácil