1. El objeto de esta orden es la aprobación de la Política de Seguridad de la Información (en adelante PSI) en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, su marco organizativo y tecnológico, así como la creación del Comité de Seguridad de los Sistemas de Información y la regulación de su composición, funcionamiento y funciones.
2. La PSI será de obligado cumplimiento para todos los órganos superiores y directivos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, con las excepciones que, en su caso, correspondan a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones y a las entidades gestoras y servicios comunes de la Administración de la Seguridad Social adscritas a la misma.
3. Se podrán adscribir a la presente PSI aquellos organismos y entidades de derecho público vinculados o dependientes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que no tengan establecida su propia política de seguridad y así lo soliciten.
4. La PSI será de obligado cumplimiento para todo el personal que acceda tanto a los sistemas de información como a la propia información que sea gestionada por el departamento, con independencia de cuál sea su destino, adscripción o relación.
Texto oficial de Orden ISM/1320/2024, de 18 de noviembre, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y se crea el Comité de Seguridad de los Sistemas de Información (BOE-A-2024-24452). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.