Artículo 12. Los responsables y los encargados de tratamiento de datos personales.
1. El responsable de tratamiento es la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u otra entidad que, solo o junto con otros, determina los fines y medios del tratamiento y aplica las medidas técnicas y organizativas apropiadas a fin de garantizar y poder demostrar que el tratamiento es conforme con la normativa vigente en materia de protección de datos personales.
La identidad del responsable de tratamiento figura en el registro de las actividades de tratamiento efectuadas bajo su responsabilidad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento (UE) 2016/679.
2. El encargado de tratamiento es la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u otro organismo que trata datos personales por cuenta del responsable del tratamiento.
Texto oficial de Orden ISM/1320/2024, de 18 de noviembre, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y se crea el Comité de Seguridad de los Sistemas de Información (BOE-A-2024-24452). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.