1. La PSI deberá mantenerse actualizada para adecuarla al progreso de los servicios de la administración electrónica, a la evolución tecnológica y al desarrollo de la sociedad de la información, así como a los estándares internacionales de seguridad.
2. Las propuestas de revisión de la PSI se elaborarán por el CSSI que, con tal objetivo, revisará regularmente la oportunidad, idoneidad, completitud y precisión de lo establecido en la misma.
Texto oficial de Orden ISM/1320/2024, de 18 de noviembre, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y se crea el Comité de Seguridad de los Sistemas de Información (BOE-A-2024-24452). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.