En los casos de vacancia, ausencia o enfermedad de las personas titulares de la Secretaría de Estado, la Subsecretaría, la Secretaría General, las Direcciones Generales, la Secretaría General Técnica del Departamento, y en defecto de designación de suplente conforme a lo previsto en el artículo 13.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, corresponderá la suplencia a las personas titulares de los órganos directivos dependientes del mismo por el orden en que aparecen citados en la estructura orgánica establecida en este real decreto.
Texto oficial de Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (BOE-A-2024-3794). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.