Disposición transitoria primera. Unidades y puestos de trabajo de rango inferior a Subdirección General.
1. Las unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General continuarán subsistentes y serán retribuidos con cargo a los mismos presupuestos, hasta que se apruebe la correspondiente relación de puestos de trabajo del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, adaptada a la estructura orgánica que se aprueba por este real decreto.
2. Las unidades y puestos de trabajo encuadrados en los órganos afectados por este real decreto se adscribirán provisionalmente, mediante resolución de la Subsecretaría, hasta tanto entre en vigor la nueva relación de puestos de trabajo, a los órganos regulados en este real decreto, en función de las atribuciones que éstos tengan asignadas.
Texto oficial de Real Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (BOE-A-2024-5482). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.